Friday, May 19, 2006

Derechos humanos

Derechos humanos

Francisco Javier Chaín Revuelta

Al leer el Diario se aprecia que autoridades y cuerpos policíacos no conocen los derechos de las personas y tampoco tienen la más remota idea de lo que es una sociedad basada en leyes. Ellos creen ser la misma ley. Sólo porque algún desalmado los designo en sus cargos o porque un puñado de seres cruzó el emblema de los grisáceos partidos políticos (60% de la población no tiene mala costumbre de aceptar votar sólo por alguno de 3 nombres impuestos) La nota, sin embargo, en adicional esfuerzo, muestra a las autoridades y cuerpos policíacos, al menos unos derechos, recomendando el número cinco.
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. La Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran fuera distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios.
El artículo 1 dice que todos los seres humanos nacen libres e iguales en derechos debiendo comportarse fraternalmente los unos con los otros.
El 2 dice “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía”
El 3 dice que “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.” Y el 4 “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.”
El articulo 5 se los recomendamos mucho para siempre lo tengan en cuenta: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”
El 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. El Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
En total son 30 según la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Los 20 faltantes a esta nota los puede usted leer en carteles que en lugares públicos de los Palacios Municipales, las autoridades (jejeje) los exponen para su amplia difusión entre sus fraternos ciudadanos. 060519
fjchain@hotmail.com

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